Art. Tercero

En vigor desde 17 abr 1996
Quienes hubieran participado previamente en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil como Guardia Civil profesional, quedarán exentos en las dos próximas convocatorias que se anuncien a partir de la entrada en vigor de la presente Orden, del requisito de talla previsto en el apartado A.1 del apéndice «B» del anexo a esta Orden, siéndoles de aplicación la talla fijada en la Orden de 13 de abril de 1992, por la que se modifica el cuadro de exclusiones para ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Orden de 3 de marzo de 1988.
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eli/es/o/1996/04/09/(1)#tercero

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