Art. Primero

En vigor desde 20 jun 1988
Se aprueban las siguientes instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible, que se acompañan como anexo a la presente Orden: ITC MIE-AG 1.–Quemadores a gas fabricados en serie, con aire a presión atmosférica. ITC MIE-AG 2.–Quemadores a gas fabricados en serie, con aire forzado. ITC MIE-AG 3.–Cocinas para usos colectivos. ITC MIE-AG 4.–Sartenes fijas y basculantes para usos colectivos. ITC MIE-AG 5.–Freidoras para usos colectivos. ITC MIE-AG 6.–Aparatos domésticos de cocción. ITC MIE-AG 7.–Calentadores instantáneos de agua para usos sanitarios. ITC MIE-AG 8.–Calderas murales de calefacción central derivadas de calentadores instantáneos de agua. ITC MIE-AG 9.–Placa de características para los aparatos a gas. ITC MIE-AG 11.–Aparatos para la preparación rápida de café. ITC MIE-AG 12.–Marmitas para usos colectivos. ITC MIE-AG 13.–Hornos de convección para usos colectivos. ITC MIE-AG 14.–Baños María para usos colectivos.
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eli/es/o/1988/06/07/(3)#primero

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