Art. [preambulo]

En vigor desde 21 ago 1972
Excelentísimos señores: El Decreto 544/1972, de 9 de marzo, que modifica determinados artículos del Reglamento de Centrales Lecheras y otras Industrias Lácteas, encomienda a los Ministerios de Agricultura y de Comercio, en la nueva redacción dada al artículo 91, la fijación de normas para las determinaciones analíticas y pruebas de la leche respecto a su composición a nivel ganadero o de relación ganadero-industria, así como las relativas a la tipificación comercial del producto industrializado. Para la redacción de las citadas normas se ha considerado conveniente adaptarse en lo posible a las aprobadas por Organismos internacionales especializados en la materia, con el fin de aprovechar la experiencia habida en su aplicación y de facilitar la confrontación de los resultados en las relaciones comerciales supranacionales a las que España está abocada. En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el mencionado artículo 91 del Reglamento de Centrales Lecheras y otras Industrias Lácteas, y a propuesta de los Ministros de Agricultura y de Comercio, esta Presidencia del Gobierno ha resuelto:
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eli/es/o/1972/07/07/(1)#preambulo-pr

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