Art. Preambulo
En vigor desde 23 mar 1974
Ilmo. Sr.: El Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria, aprobado por la Orden ministerial de 21 de marzo de 1966, fué modificado en su artículo séptimo por la de 30 de julio del mismo año, en el sentido de declarar voluntaria la afiliación a la referida Mutualidad de los Maestros interinos.
Posteriormente, la Orden ministerial de 9 de junio de 1967 derogó a la de 30 de julio de 1966, quedando restablecido el primitivo texto del artículo séptimo del expresado Reglamento con lo que los Maestros interinos resultaron afiliados obligatorios de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria y excluidos de su incorporación al Mutualismo Laboral.
Aprobado por Decreto 899/1072, de 24 de marzo, el nuevo Estatuto de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria, cuyo artículo séptimo declara voluntaria la afiliación a la misma de los funcionarios de empleo de los Cuerpos y plazas que se señalan en el artículo sexto, entre los que se hallan los Maestros interinos y, por tanto, éstos han de quedar integrados en el Mutualismo Laboral, de conformidad con el acuerdo de la Comisión Superior de Personal de fecha 17 de julio de 1973 y la Resolución de la Dirección General de la Seguridad Social de 8 de noviembre del citado año, debe ser expresamente derogada la Orden de este Departamento de 9 de junio de 1967, que excluyó a los Maestros interinos de su incorporación al Mutualismo Laboral, en razón de ser obligatoria la afiliación de los mismos a la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.
El referido Estatuto prevé, en su disposición final, su propio desarrollo mediante el oportuno Reglamento, cuya redacción se ordenaba a la Junta Nacional de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria, y la aprobación de éste por Orden ministerial, previa conformidad de la Dirección General de la Seguridad Social. Redactado dicho Reglamento y aprobado en 24 de septiembre de 1973 por la Dirección General de la Seguridad Social,
Este Ministerio tiene a bien disponer:
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1974/02/28/(1)#preambulo-pr