Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección segunda. Recaudación en período voluntario›§ Subsección segunda. Normas sobre plazo de ingreso
Art. 34
En vigor desde 1 mar 1996
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.2 de la Orden de 22 de febrero de 1996. Ref. BOE-A-1996-4582 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1970/09/24/(1)#art-34