Art. Preambulo
En vigor desde 1 feb 1996
El Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, determina las competencias del Instituto Nacional de la Seguridad Social en dicha materia, establece la constitución, composición y funciones de los equipos de valoración de incapacidades y concreta el procedimiento administrativo para evaluar la incapacidad en orden al reconocimiento, inicialmente o en los supuestos de revisión de grado, de las prestaciones económicas por invalidez permanente así como las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, no invalidantes, derivadas de contingencias profesionales.
En relación con la indicada materia resulta procedente dictar las normas de aplicación y desarrollo que determinen el procedimiento a seguir para la actuación de la citada entidad gestora en el ejercicio de las competencias por ella asumidas, así como la correspondiente al Instituto Social de la Marina en su respectivo ámbito, de conformidad con el referido Real Decreto.
En su virtud y en uso de las facultades atribuidas por la disposición final primera del Real Decreto 1300/1995, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:
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Proeli/es/o/1996/01/18/(1)#preambulo-preambulo