Art. Séptimo

En vigor desde 24 oct 2007
El emblema del Cuerpo será el escudo de Instituciones Penitenciarias, constituido por una espada en posición vertical con la punta hacia abajo, y por detrás de su centro, una rueda dentada. Orlando este conjunto irán dos ramos enlazados en pie, de palma y roble, y como remate, la corona real. Su uso será obligatorio siempre que se lleve uniforme. (Párrafos suprimidos) Se suprimen los párrafos segundo a noveno por el apartado único.2 de la Orden INT/3069/2007, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2007-18445 .

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eli/es/o/1998/12/18/(3)#septimo

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