Art. Preambulo

En vigor desde 25 ene 2001
La Orden de 30 de enero de 1997, modificada por la Orden de 15 de abril de 1999, regula la composición de determinados órganos colegiados del Departamento, siendo necesario adaptar su composición a las reformas organizativas operadas por el Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. Básicamente, el órgano directivo que ha sufrido variación en su denominación y competencias es la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, incluidas las Subdirecciones Generales de ella dependientes, que ha sustituido a la anterior Dirección General de Administración de la Seguridad. También debe resaltarse la creación de la Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, debiendo preverse su incorporación a los órganos colegiados que lleven a cabo tareas relacionadas con los cometidos de la misma. Por otra parte, el Real Decreto 1329/1997, de 1 de agosto, de modificación parcial de los Reales Decretos 1892/1996 y 1885/1996, de 2 de agosto, de Estructura Orgánica Básica de los Ministerios de Administraciones Públicas y del Interior, respectivamente, refundió la Inspección General de Servicios y la Subdirección General de Personal, en la Subdirección General de Personal e Inspección, dependiente de la Subsecretaría de este Ministerio. Ello implica la necesidad de proceder a incorporar esta modificación a todos aquellos órganos en los que están presentes las citadas Unidades. Finalmente, la disposición adicional tercera del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, introdujo unas modificaciones en la estructura de la Secretaría General Técnica, de tal manera que las funciones en materia de estadística y publicaciones, atribuidas anteriormente a la Vicesecretaría General Técnica, han pasado a corresponder a la Subdirección General de Estudios y Relaciones Institucionales, siendo necesario adecuar la composición de los órganos colegiados dedicados a estas materias a esta nueva distribución competencial. Todo ello hace que, por motivos de seguridad jurídica, se proceda a dictar una nueva Orden para regular la composición y funciones de los órganos colegiados del Departamento, de acuerdo con las reformas organizativas citadas, y derogando las de 30 de enero de 1997 y de 15 de abril de 1999, de modificación de la misma. En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
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eli/es/o/2001/01/16/(1)#preambulo-preambulo

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