Art. Primero

En vigor desde 2 ago 2025
Se hacen públicas, como anexo a la presente orden, las nuevas relaciones de zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos vivos en el litoral español, en el que se podrán recolectar moluscos bivalvos vivos, gasterópodos marinos, tunicados vivos y equinodermos vivos.
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eli/es/o/2025/07/22/apa827#primero

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