Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 20

En vigor desde 4 jun 2016
1. Para cada modalidad se remitirá una muestra de jamón, a portes pagados, donde se determine. La cantidad de jamón, la forma de presentación y la fecha de remisión se indicarán en cada convocatoria. 2. Una parte de la muestra presentada se utilizará en la valoración sensorial y otra se reservará como muestra de seguridad.
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eli/es/o/2016/05/26/aaa854#art-20

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