Art. Disposición final primera

En vigor desde 20 mar 2014
Se faculta al Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para adoptar, dentro del ámbito de sus competencias, las medidas que resulten necesarias para la ejecución de la presente orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2014/03/11/aaa422#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil