Art. 1
En vigor desde 26 jun 2015
1. La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, cuya composición y funciones se regulan por la presente orden, es el órgano colegiado responsable del impulso y de la coordinación del Departamento en materia de Administración digital, actuando asimismo como órgano de enlace con la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
2. El ámbito de actuación de la Comisión Ministerial de Administración Digital comprende, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a todos los órganos del Departamento y a los organismos públicos adscritos al mismo.
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Proeli/es/o/2015/06/17/aaa1231#art-1