Título TÍTULO III

Art. Artículo cuarenta y cuatro

Derogado
En vigor desde 22 nov 1995
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre. Ref. BOE-A-1995-25202 Se modifica en cuanto se oponga por la disposición final 4.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre. Ref. BOE-A-1990-24172

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eli/es/lo/1985/07/03/8#articulo-cuarenta-y-cuatro

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