Título TÍTULO VI

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 31 ene 1982
Uno. En tanto no se celebren las primeras elecciones a la Asamblea Regional, ésta quedará constituida provisionalmente por los Diputados a Cortes, los Senadores y los Diputados provinciales de la actual provincia de Santander. Dos. Una vez constituida la Asamblea Regional Provisional, las vacantes producidas por renuncia, fallecimiento o pérdida individual de la condición de Diputado a Cortes o Senador, se cubrirán por las personas que a estos efectos propongan los partidos políticos cuyos miembros hubiesen originado la vacante. En caso de disolución anticipada de las Cortes, los Diputados y Senadores elegidos en la provincia de Santander se entenderán prorrogados como miembros de la Asamblea Regional Provisional hasta la proclamación de los nuevos Diputados y Senadores que resulten elegidos en la misma. En el caso de vacantes que afecten a los Diputados provinciales, la sustitución se efectuará de acuerdo con la Ley de Elecciones Locales. Tres. Esta Asamblea Regional Provisional tendrá las siguientes competencias: a) El control de la actividad del Consejo de Gobierno. b) Elaborar y aprobar las normas de su régimen interior y organizar sus propios servicios. c) Las que se deriven de los traspasos de competencias de la Administración del Estado. d) En general las que corresponden a la Asamblea Regional atribuidas a la misma por el presente Estatuto, excepto el ejercicio de la potestad legislativa. Cuatro. La Mesa de la Asamblea Regional Provisional estará compuesta por el Presidente, dos Vicepresidentes y dos Secretarios, que serán elegidos en la forma prevista en la disposición transitoria segunda. Cinco. Dentro de los veinticinco días siguientes a la entrada en vigor de este Estatuto se procederá a la constitución de la Asamblea Regional de Cantabria con la composición prevista en el punto anterior, mediante convocatoria a sus miembros efectuada por el Presidente de la actual Diputación Provincial. En esta primera sesión constitutiva de la Asamblea Regional se procederá a la elección del Presidente y de la Mesa.
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