Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 16 nov 2013
Tienen el carácter de Ley ordinaria los artículos 5.3, 5.5, 6, 9.2, 9.3 y 10, así como los apartados 2, 4 y 5 de la disposición adicional primera y la disposición adicional segunda.
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