Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección Cuarta. La comarca y los demás entes locales supramunicipales

Art. 92

En vigor desde 9 ago 2006
1. La comarca se configura como ente local con personalidad jurídica propia y está formada por municipios para la gestión de competencias y servicios locales. 2. La creación, modificación y supresión de las comarcas, así como el establecimiento del régimen jurídico de estos entes, se regulan por una ley del Parlamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2006/07/19/6#art-92

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil