Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 217

En vigor desde 9 ago 2006
Las haciendas locales se rigen por los principios de suficiencia de recursos, equidad, autonomía y responsabilidad fiscal. La Generalitat vela por el cumplimiento de estos principios.
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eli/es/lo/2006/07/19/6#art-217

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