Libro Del Consejo General del Poder JudicialTítulo TÍTULO II

Art. Artículos ciento siete a ciento cuarenta y ocho

En vigor desde 30 jun 2013
(Derogados) Se derogan en lo relativo a la renovación, designación y elección de los Vocales del Consejo y a la constitución del mismo desde el 30 de junio de 2013 y el resto desde el 4 de diciembre de 2013, fecha en que se constituyó el primer Consejo elegido de conformidad con la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, según establece la disposición derogatoria.1 y 2 de la citada Ley Orgánica. Ref. BOE-A-2013-7061 .

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eli/es/lo/1985/07/01/6#articulos-ciento-siete-a-ciento-cuarenta-y-ocho

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