Libro LIBRO VIIITítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Artículo quinientos setenta y siete

En vigor desde 1 oct 2015
1. Contra la proclamación definitiva de candidaturas cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos días desde la publicación del acuerdo. En el mismo acto de interposición se deberán presentar las alegaciones que se estimen pertinentes, acompañadas de los elementos de prueba oportunos. 2. El conocimiento del recurso contencioso-administrativo corresponderá a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que deberá resolver en el plazo de tres días desde su interposición. Se modifica el apartado 1 por el art. único.111 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. Ref. BOE-A-2015-8167#aunico . Se añade por el art. único.1 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio. Ref. BOE-A-2013-7061 .

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eli/es/lo/1985/07/01/6#articulo-quinientos-setenta-y-siete

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