Art. Disposición final quinta

En vigor desde 23 dic 2010
Esta Ley tiene carácter orgánico, excepto el apartado Tres de la disposición final primera, por el que se añade un artículo 367 septies a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que tendrá carácter de ley ordinaria.
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eli/es/lo/2010/06/22/5#disposicion-final-quinta

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