Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Modalidades dirigidas a colectivos específicos

Art. 71

En vigor desde 21 abr 2022
1. Con fines de cualificación profesional e integración social, podrán efectuarse ofertas específicas de formación dirigidas a los siguientes destinatarios: a) Personas mayores de 16 años sin cualificación e incorporadas a la vida laboral, para permitirles la obtención de un Certificado Profesional o de un Título de Formación Profesional. b) Personas mayores de 16 años que no hayan desarrollado su historia escolar en el sistema educativo español y tengan dificultades para incorporarse al mismo. c) Personas o grupos desfavorecidos en el mercado de trabajo o en riesgo de exclusión social. 2. Se promoverá la colaboración y participación de la administración local, de entidades sociales del tercer sector para la inserción laboral y de centros de segunda oportunidad en las ofertas a que se refiere el apartado anterior.
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eli/es/lo/2022/03/31/3#art-71

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