Título TÍTULO IX

Art. 107

En vigor desde 21 abr 2022
La Administración General del Estado promoverá su participación en: 1. Las redes internacionales de formación profesional que aporten conocimiento e intercambio de experiencias en el marco de la formación, la orientación, la digitalización, la sostenibilidad y el crecimiento vinculado a la cualificación de la población, sin perjuicio de las colaboraciones en proyectos internacionales que pudieran establecer las administraciones autonómicas. 2. Los proyectos y organizaciones internacionales vinculados a la innovación y mejora de la formación profesional.
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eli/es/lo/2022/03/31/3#art-107

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