Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final sexta
En vigor desde 24 mar 2007
La aplicación del protocolo de actuación sobre medidas relativas al acoso sexual o por razón de sexo regulado en el artículo 62 de esta Ley tendrá lugar en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto que lo apruebe.
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Proeli/es/lo/2007/03/22/3#disposicion-final-sexta