Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional vigésima quinta

En vigor desde 24 mar 2007
Se da nueva redacción al apartado 10 del artículo 34 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, pasando su actual contenido a constituir un nuevo apartado 11: «10. Las conductas discriminatorias en el acceso a los bienes y la prestación de los servicios, y en especial las previstas como tales en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.»
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eli/es/lo/2007/03/22/3#disposicion-adicional-vigesima-quinta

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