Título TITULO PRELIMINAR
Art. Artículo cuarto
En vigor desde 8 jul 1998
1. La bandera de la Comunidad de Madrid es roja carmesí, con siete estrellas en blanco, de cinco puntas, colocadas cuatro y tres en el centro del lienzo.
2. El escudo de la Comunidad de Madrid se establece por ley de la Asamblea.
3. La Comunidad de Madrid tiene himno propio, siendo éste establecido por ley de la Asamblea.
4. Se declara fiesta de la Comunidad de Madrid el día 2 de mayo.
Se modifica por el art. 1.3 de la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1998-16302
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1983/02/25/3#articulo-cuarto