Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 5 jul 2010
La Ley entrará en vigor en el plazo de cuatro meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/lo/2010/03/03/2#disposicion-final-sexta

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