Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección primera. Recursos

Art. 188

En vigor desde 20 mar 2007
1. El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por: a) Los bienes y derechos de su titularidad en el momento de aprobarse el presente Estatuto. b) Los bienes y derechos adquiridos por cualquier título jurídico válido. 2. El patrimonio de la Comunidad Autónoma, su administración, defensa y conservación serán regulados por una ley del Parlamento de Andalucía.
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eli/es/lo/2007/03/19/2#art-188

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