Libro LIBRO I›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 31
En vigor desde 8 may 1989
Las normas que regulan el funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial serán supletorias de este capítulo, en cuanto sean aplicables a la jurisdicción militar.
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Proeli/es/lo/1989/04/13/2#art-31