Título TÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 7 oct 2022
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación proporcionará formación inicial y continua al personal funcionario y contratado localmente que se encargue, en el ámbito de la asistencia consular o en cualesquiera otras funciones, de la atención a las víctimas españolas de violencias sexuales en el extranjero.
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eli/es/lo/2022/09/06/10#art-31

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