Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 190
En vigor desde 6 nov 2018
El patrimonio insular está integrado por el conjunto de los bienes y derechos de cada isla y de los organismos públicos que se encuentren en relación de dependencia o vinculación con la misma, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos.
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Proeli/es/lo/2018/11/05/1#art-190