Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 jul 2015
El Gobierno remitirá semestralmente al Congreso de los Diputados un informe sobre la concesión y denegación de indultos. Para la presentación de los datos contenidos en el citado informe, y previa revisión del mismo, un alto cargo del Ministerio de Justicia solicitará su comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.
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eli/es/lo/2015/03/30/1#disposicion-adicional-tercera

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