Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 13

En vigor desde 23 dic 2023
Son derechos de nueva generación los siguientes: 1. Derecho a la soberanía de la persona consumidora o usuaria para la toma de decisiones de compra de bienes o contratación de servicios de forma libre, consciente e informada. 2. Derecho a un medio ambiente saludable que promueva las condiciones necesarias para ejercer un consumo responsable que fomente el desarrollo sostenible. 3. Derecho a la soberanía alimentaria, vinculada al consumo de productos locales y de estación distribuidos en circuitos cortos de comercialización y a un consumo responsable basado en la prevención del desperdicio alimentario y de recursos básicos. 4. Derecho a la garantía de funcionalidad con arreglo al ciclo de vida útil esperado de todo bien o servicio puesto a disposición en el mercado de acuerdo con la normativa de aplicación. 5. Derecho a recibir un trato correcto, considerado, digno y respetuoso en las relaciones de consumo, y no denigratorio en la oferta, publicidad y comercialización de bienes o servicios, especialmente si va dirigida a colectivos vulnerables. 6. Derecho de acceso a la información y al conocimiento de bienes intangibles de uso y disfrute en el ámbito de la protección de las personas consumidoras o usuarias. 7. Derecho a la seguridad y privacidad en las relaciones de consumo establecidas por cualquier canal de comercialización y, en particular, en lo que se refiere a las comunicaciones por vía telemática, en línea y al uso de dispositivos electrónicos, sensores biométricos y códigos QR o cualquier otro método o instrumento tecnológico que se utilice en el futuro para dicha finalidad. 8. Derecho de acceso a bienes o servicios obtenidos según modelos de producción y consumo éticos y sostenibles, participando de forma activa en los procesos circulares de producción y consumo y también en la prevención de residuos y en el reciclaje que permita la transformación de un bien sin uso o destinado a ser un residuo a una nueva identidad y valor. 9. Derecho de acceso a los beneficios derivados del uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación como personas consumidoras o usuarias.
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eli/es-nc/lf/2022/12/12/34#art-13

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