Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 88

En vigor desde 16 dic 2022
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias, mantendrá en su planificación sobre el transporte o movilidad sostenible las previsiones sobre accesibilidad universal de los medios de transporte destinados al transporte público de viajeros y viajeras.
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eli/es-nc/lf/2022/11/28/31#art-88

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