Art. Artículo único
En vigor desde 27 oct 2022
1. Para la determinación del precio máximo de venta de las viviendas protegidas y anejos para 2023 no resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 10.1 a) y 10.1 d) de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del derecho a la vivienda en Navarra, siendo de aplicación lo siguiente:
a) El módulo ponderado aplicable a las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra para el año 2023 queda fijado en 1.456,96 euros/m 2 útil.
b) El módulo sin ponderar aplicable a las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra para el año 2023 queda fijado en 1.398,68 euros/m 2 útil.
2. El módulo ponderado establecido en el apartado anterior será igualmente aplicable a los expedientes de vivienda protegida cuya solicitud de calificación provisional se realice en el período que media entre la entrada en vigor de la presente ley foral y el 31 de diciembre de 2022.
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Proeli/es-nc/lf/2022/10/11/28#articulo-unico