Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 59

En vigor desde 1 ene 2025
(Derogado) Se deroga, con efectos a partir del 1 de enero de 2025, por el .11 de la Ley Foral 20/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-719

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eli/es-nc/lf/2021/02/11/2#art-59

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