Título TÍTULO XIV

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 ene 2026
Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 31 de diciembre de 2023, se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 23 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, que queda redactado de la siguiente forma: «b) Los derivados de la contabilización del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto Complementario. No tendrán la consideración de ingresos los procedentes de dicha contabilización».
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eli/es-nc/lf/2025/12/22/18#disposicion-final-segunda

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