Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 56
En vigor desde 25 feb 2006
Son bienes de dominio público todos aquellos que integran el Patrimonio Arqueológico de la Comunidad Foral de Navarra que sean descubiertos como consecuencia bien de hallazgos, casuales o intencionados, bien de intervenciones, autorizadas o no. Tienen además esta condición los documentos originales del registro arqueológico obtenidos en intervenciones realizadas en la Comunidad Foral de Navarra.
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Proeli/es-nc/lf/2005/11/22/14#art-56