Art. [preambulo]
En vigor desde 19 mar 2013
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de apoyo a los emprendedores y al trabajo autónomo en Navarra.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ante la actual situación de crisis, el emprendimiento y el trabajo autónomo se han convertido en instrumentos que se ofrecen como alternativa a la creación de empleo. El autoempleo se configura efectivamente como respuesta a una situación difícil a la que por desgracia tan sólo se aplican medidas de ajuste cuando se ha demostrado que esos ajustes por sí solos conducen a una espiral de destrucción mayor de empleo, de falta de capacidad de consumo y por tanto, a más recesión.
Esta Ley Foral de apoyo a los emprendedores y al trabajo autónomo en Navarra pretende convertirse en un compromiso real y efectivo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con esos emprendedores/as y con esos trabajadores y trabajadoras que por sí mismos y, a veces, sin la debida ayuda y orientación, quieren enfrentarse a la crisis apostando por el autoempleo y por la constitución de su propia empresa.
Esta Ley Foral pretende por tanto, delimitar en primer lugar, aquellos conceptos relacionados con el emprendimiento y con el trabajo autónomo para después, pasar a delimitar una serie de medidas e instrumentos que favorezcan las apuestas personales que dichos trabajadores están dispuestos a realizar.
Es importante hacer referencia al objeto de esta Ley Foral: «desarrollar y promover, en el ámbito de las competencias asumidas por la Comunidad Foral de Navarra la creación de nuevas empresas, la actividad empresarial y de generación de empleo a través del apoyo a emprendedores, trabajadores autónomos y microempresas con unas políticas públicas orientadas a una plena y eficaz promoción del emprendimiento y el trabajo autónomo, como instrumento de desarrollo del tejido productivo empresarial de la Comunidad».
Además se recogen en ella los principios informadores en que se basará esta promoción del emprendimiento y el trabajo autónomo en donde la competitividad, la innovación, la tecnología y el crecimiento económico, ocupan un lugar destacado junto con otros elementos como la mejora de la calidad del trabajo autónomo, la estabilidad del mismo, la profesionalización, la conciliación de la vida laboral y familiar, la seguridad y la salud en el trabajo, fomento de mecanismos de medición y arbitraje, de coordinación y simplificación de los procedimientos administrativos, de igualdad de oportunidades, cooperación y asociacionismo etc.
Se trata en definitiva de marcar una hoja de ruta completa para orientar la labor que, en aras de potenciar éste ámbito económico cada vez más importante, ha de realizar el Gobierno de Navarra.
Es verdad que no se trata de hacer borrón y cuenta nueva sino de ordenar algunos de los instrumentos que en la actualidad se manejan e incorporar otros que se consideran necesarios desde el reconocimiento de una realidad que nos impide tener las disponibilidades económicas que nos gustaría tener y, por tanto, sin obviar el contexto que, en relación con las cuentas públicas, nos toca movernos.
En definitiva, hablamos de una Ley Foral que hace hincapié en el fomento del empleo autónomo tratando de facilitar instrumentos y medidas de apoyo técnicas, de asesoramiento, de simplificación administrativa, de fomento del espíritu emprendedor, de colaboración con Universidades y centros de Formación Profesional y que establece una serie de incentivos y sistematiza ayudas que permitan dar más y mejores oportunidades a aquellos trabajadores y trabajadoras que quieran emprender solos o en colaboración con otros, su propio proyecto empresarial.
Esta Ley Foral trata también de apostar por la Economía Social, por el cooperativismo, como instrumento útil para la dinamización del tejido empresarial que tan buenos resultados está aportando antes y durante la crisis.
También es una Ley Foral que establece mecanismos de financiación tanto de carácter público como de carácter mixto (público-privado); que da carácter preferente en los instrumentos financieros a los trabajadores de empresas en crisis que aborden la compra de participaciones para la transformación de la misma en cooperativa, sociedad laboral o cualquier otra fórmula societaria válida y admitida en derecho siempre analizando con carácter previo la viabilidad de los proyectos.
Aparecen así mismo, fondos de inversión social para el desarrollo del trabajo autónomo y apoyo al emprendedor destinado a préstamos sobre un máximo por beneficiario y año del 80 por 100 del valor del proyecto con tipos de interés reducidos. Se pone en valor la posibilidad de articular un sistema de microfinanciación y microcréditos sociales.
Se crean figuras como el intermediario financiero, especialista en trabajo autónomo y apoyo a emprendedores, que sirva a la vez como herramienta de asesoramiento en el proceso o procesos de obtención de financiación. También el inversor privado social y las entidades de apoyo a la inversión social, inversores sociales que colaboran de forma activa con los autónomos o participan en el capital social de las sociedades de emprendedores durante una etapa de la actividad económica.
Se otorgan competencias al Servicio Navarro de Empleo como organismo esencial a través del cual ir poniendo en marcha las políticas que derivan del contenido de la Ley Foral con funciones de asesoramiento, estudio, prospecciones de mercado, disponibilidad de medios técnicos propios o con terceros a través de los correspondientes convenios etc.
Para el seguimiento del funcionamiento de la Administración en esta materia se cuenta con la colaboración fundamental del Consejo Navarro del Trabajo Autónomo, mencionando también de manera específica la creación de un Plan Estratégico del Trabajo Autónomo.
En definitiva, como ya se ha dicho, esta Ley Foral pormenoriza una hoja de ruta para fomentar el emprendimiento y el trabajo autónomo a través de un compromiso firme de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
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Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2013/03/12/12#preambulo-pr