Título TÍTULO X
Art. Disposición transitoria undécima
En vigor desde 1 ene 2019
Las personas jurídicas deberán solicitar la renovación de las cédulas de habitabilidad caducadas de las viviendas sobre las que ostenten el pleno dominio, una participación mayoritaria sobre el mismo, o un derecho real de uso o disfrute, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley foral.
Se añade por el .24 de la Ley Foral 28/2018, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-750
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Proeli/es-nc/lf/2010/05/10/10#disposicion-transitoria-undecima