Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional vigésima séptima

En vigor desde 29 jul 2022
Para calcular la capacidad económica de las personas usuarias de servicios por estancia en centros residenciales para personas con discapacidad a efectos de su aportación al servicio, no se tendrá en cuenta el rendimiento del capital inmobiliario consistente en el precio que perciban por el alquiler de la que fuera su vivienda cuando haya sido objeto de cesión para formar parte de las bolsas de alquiler o programas de alquiler de viviendas desocupadas que impulse la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Se añade por el .41 de la Ley Foral 20/2022, de 1 de julio. Ref. BOE-A-2022-12940#ap

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eli/es-nc/lf/2010/05/10/10#disposicion-adicional-vigesima-septima

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