Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª La Asamblea General
Art. 41
En vigor desde 10 ago 2026
1. La convocatoria indicará la denominación social de la cooperativa, la fecha, hora y lugar de la reunión, si es en primera o segunda convocatoria, con un intervalo mínimo de media hora, el orden del día y el nombre y cargo de la persona que firma la convocatoria.
2. El orden del día, que será fijado por el órgano de administración, expresará con claridad y precisión los asuntos a tratar.
3. En el anuncio de la convocatoria se hará constar el derecho de todas las personas socias a examinar los documentos relacionados con los asuntos a tratar, así como la posibilidad de solicitar su envío.
El órgano de administración deberá publicar el complemento a la convocatoria, de igual forma que la convocatoria y con una antelación mínima de cinco días a la fecha prevista para la celebración de la asamblea general. La falta de publicación del complemento en las condiciones señaladas tendrá las mismas consecuencias previstas para la falta de publicación de la convocatoria.
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ProBOE-A-2026-13298#art-41