Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 34
En vigor desde 29 ago 2026
1. El plazo previsto para que el órgano ambiental remita el informe ambiental estratégico y la declaración ambiental estratégica para su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria» será de diez días desde que fueran formulados, sin perjuicio de su publicación en la página web de la Dirección General competente en materia de medio ambiente.
2. El plazo previsto para que el órgano competente remita para su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria» la documentación enunciada en el apartado anterior será de diez días desde la aprobación del plan.
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Proeli/es-cb/l/2026/07/23/9#art-34