Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 21 abr 1993
El personal al servicio de la Asamblea Regional de Cantabria quedará sometido al correspondiente estatuto elaborado por la misma. Este personal dependerá orgánica y funcionalmente de la Mesa de la Asamblea Regional de Cantabria.
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eli/es-cb/l/1993/03/10/4#disposicion-adicional-quinta

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