Capítulo DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Art. Décimoquinta

En vigor desde 1 ago 1943
Queda autorizado el Ministro de Educación Nacional para aclarar e interpretar la presente Ley, así como para dictar cuantas disposiciones complementarias sean precisas para su mejor aplicación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1943/07/29/(1)#decimoquinta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil