Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 49

En vigor desde 8 ago 2023
Son causas de pérdida de la condición de personal funcionario de carrera: a) La renuncia. b) La pérdida de la nacionalidad, siempre que la nacionalidad sea un requisito para el acceso a la función pública, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 65 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 51 de esta ley. c) La jubilación total. d) La sanción disciplinaria de separación de servicio que tuviere carácter firme. e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.
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eli/es-ri/l/2023/05/05/9#art-49

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