Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Asamblea general
Art. 43
En vigor desde 2 ene 2019
La asamblea general quedará válidamente constituida para tratar cualquier asunto, sin necesidad de previa convocatoria, siempre que estén presenten o representados la totalidad de los socios, excepto los socios inactivos, y de los asociados y los concurrentes acepten por unanimidad la celebración de la reunión.
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Proeli/es-ex/l/2018/10/30/9#art-43