Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional trigésima sexta
En vigor desde 9 mar 2018
Los órganos de contratación que celebren contratos de concesiones de servicios especiales del anexo IV utilizarán como medio de convocatoria de licitación un anuncio de información previa que deberá tener el contenido establecido en el anexo III. B. Sección 3.
Estos anuncios se publicarán en el «Diario Oficial de la Unión Europea» y en el perfil de contratante.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2017/11/08/9#disposicion-adicional-trigesima-sexta