Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO III

Art. Disposición adicional quincuagésima segunda

En vigor desde 9 mar 2018
Cuando en esta Ley un artículo haga referencia a las Comunidades Autónomas también se entenderá referido a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, cuando conforme a sus Estatutos de Autonomía estas Ciudades Autónomas tengan competencia en las materias que regule el referido precepto.
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eli/es/l/2017/11/08/9#disposicion-adicional-quincuagesima-segunda

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