Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 8 nov 2016
El Consell, a propuesta de la conselleria competente en materia de administraciones públicas, en el plazo máximo de seis meses desde la aprobación de esta ley y previo diagnóstico y estudio de las necesidades de personal facilitadas por las consellerias competentes por razón de la materia, realizará la planificación de los recursos humanos en los departamentos que gestionen procedimientos declarados de emergencia ciudadana a fin de garantizar la adecuada dotación de recursos personales para el cumplimiento de esta ley.
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