Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 25

En vigor desde 1 ene 2016
Se modifica la denominación de las siguientes categorías de personal estatutario: a) La categoría estatutaria de enfermera/DUE pasa a denominarse Enfermero/a. b) La categoría estatutaria de Técnico Especialista en Medicina Nuclear, Radiodiagnóstico, Higienista Dental, Laboratorio, Anatomía Patológica, Radioterapia pasa a denominarse Técnico Superior Especialista en Medicina Nuclear, Radiodiagnóstico, Higiene Bucodental, Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Anatomía Patológica, Radioterapia. c) La categoría de Auxiliar de Enfermería pasa a denominarse Técnico Medio Sanitario en cuidados Auxiliares de Enfermería.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2015/12/28/9#art-25

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil